Rechaza la nulidad de la sentencia que había pedido el torero La sala confirma la alcoholemia y le condena incluso a pagar las costas
TRIBUNALES Proceso judicial por el accidente mortal de 2011
Un mes, quizás dos. Ése es el tiempo que podría quedarle en libertad a José Ortega Cano según los juristas consultados por este periódico y después de que la Audiencia de Sevilla le haya cerrado la enésima, y muy probablemente penúltima, vía de escape frente a la condena de dos años, seis meses y un día que pesa sobre él por el accidente que protagonizó en mayo de 2011 y en el que perdió la vida Carlos Parra.
La Sección Primera de la Audiencia le ha dado otro portazo al torero al rechazar el incidente de nulidad que había planteado su abogado contra la sentencia que le envía directamente a la cárcel de la que acaba de salir su hijo.
En un contundente auto, fechado el pasado 20 de marzo, el tribunal que preside Joaquín Sánchez Ugena, rechaza de plano las pretensiones del letrado Enrique Trebolle y confirma la resolución que estos mismos magistrados dictaron el pasado mes de diciembre y que sumaba a los dos delitos por los que ya fue condenado el diestro un tercero, el de conducción bajo los efectos del alcohol.
No hay, dicen los magistrados de la Audiencia sevillana, ni un solo motivo que justifique anular la sentencia y mucho menos, añaden, se han vulnerado los derechos fundamentales de Ortega Cano. Tanto es así que la Sección Primera no sólo desestima la petición de nulidad del torero, sino que además le impone el pago de las costas generadas por este procedimiento.
Este varapalo se suma al que ya recibió José Ortega Cano de la misma sala hace unos días, cuando se mostró contraria a la petición de indulto con argumentos como su negativa a reconocer los hechos «a pesar de las abrumadoras evidencias de que su proceder en el suceso de autos fue total y absolutamente reprobable».
El Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla condenó el pasado febrero al torero a dos años, seis meses y un día de privación de libertad por su responsabilidad en el accidente de tráfico en el que se vio envuelto el 28 de mayo de 2011. Ortega Cano se libró, no obstante, de un tercer delito, el de conducción bajo los efectos del alcohol, ya que la magistrada anuló la prueba de alcoholemia que arrojó un resultado que triplicaba el máximo legal permitido. La resolución impuso además al condenado la obligación de pagar a la familia Parra 170.000 euros euros, aunque las aseguradores ya indemnizaron a los parientes del fallecido hace meses.
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