La demandante se muestra satisfecha con la conclusión
judicial pero recuerda que quienes "deberían asumir la responsabilidad
no lo han hecho"
| 09/05/2014 -
En un auto, el titular del juzgado de instrucción número 11 de Barcelona, Francisco González Maíllo, desestima la petición de la acusación particular ejercida por Quintana de que se tramite el caso por lesiones dolosas al entender que la intervención policial fue imprudente, no intencionada.
En la misma resolución, el magistrado recuerda que tanto los Mossos como el Departament de Interior han negado "desde el primer momento" que se dispararan pelotas de goma en la jornada de huelga general del 14N en que Quintana perdió el ojo e insiste en que, de lo instruido hasta ahora, se desprende que la versión cierta es la de la manifestante.
Para el juez, "la conclusión incidiaria no es otra que las lesiones de Esther Quintana le fueron ocasionadas por una pelota de goma lanzada por el agente imputado -del furgón Dragó 40- por orden del subinspector", que también está encausado.
El magistrado basa su conclusión en los informes de los forenses, que señalaron que una pelota de goma es "el único objeto que pudiera haber causado esas lesiones" a la manifestante, de acuerdo con la literatura médica, y descarta que fuera herida por un proyectil de precisión -que Interior sí admite haber empleado el 14N-, porque en esa zona y a esa hora no se dispararon y porque estos generan "unas consecuencias lesivas mucho menores".
Fuentes de Interior han informado a Efe que el conseller ha reiterado que el auto "se basa en consideraciones indiciarias que en ningún caso se pueden considerar hechos probados", como ya comunicó ayer el departamento.
Espadaler ha insistido: "no es una sentencia, una conclusión, sino una interlocutoria y, por tanto, continuaremos ejerciendo la defensa de los mosso-:)
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