Tratados internacionales protegen los derechos de descubridores y creadores de vegetalesA los agricultores y comunidades indígenas se les niega cualquier tipo de compensación por su labor de mejoramiento o por su
conocimientos tradicionales 13 MAY 2014 - 18:34 CET
El open knowledge (que promueve que el conocimiento sea compartido, abierto) llega al campo de la agricultura y la biología para reclamar un cambio en el sistema de protección de plantas y semillas. El movimientoOpen Source Biology surgió en 2005 en Estados Unidos con el objetivo de llevar el modelo del software de código abierto al ámbito de la biología. Pero, ¿cómo hemos llegado hasta aquí y qué cambios proponen?.¿Qué está pasando?
Desde la “Revolución Verde” en 1935 se han protegido con patentes, e incluso tecnologías, todos los avances científicos para la mejora de semillas, fertilizantes y fungicidas.
La fuerza de los lobbies financiados por compañías de países industrializados y las restricciones legales que se han ido desplegando globalmente, han creado una tensión permanente entre quienes cultivan las plantas y las industrias que las procesan.
El caso de la ayahuasca
Uno de los casos más conocidos es el de la ayahuasca, una planta de la región del Amazonas que fue patentada en la Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos a solicitud de Loren Miller en 1984.
Con la patente se otorgaron derechos exclusivos para plantar y cultivar una planta que tradicionalmente había sido utilizada por los médicos indígenas con fines medicinales. El registro de la patente suscitó una fuerte oposición por parte de las comunidades indígenas, que trataron sin éxito de impugnarla ante los tribunales de los Estados Unidos. Finalmente, la patente caducó en 2003.
Hoy, el Banisteriopsis caapi es un compuesto empleado en medicinas contra la depresión, la ansiedad, el Párkinson y la esquizofrenia. ¿Cómo se ha llegado hasta aquí?
Ejemplos como el anterior han hecho evolucionar la legislación internacional, pero no siempre en beneficio de agricultores y horticultores. Ciertos tratados internacionales protegen los derechos de descubridores y creadores de variedades vegetales pero niegan a agricultores y comunidades indígenas cualquier tipo de compensación por su labor de mejoramiento o por sus conocimientos tradicionales.
Otros acuerdos sí reconocen la contribución de las comunidades locales e indígenas y han tratado de proteger los derechos de los agricultorespara que puedan conservar, reutilizar, intercambiar y vender semillas. A pesar de ello, estos beneficios quedan sujetos a lo dispuesto en las leyes internas de los estados miembros.
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